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Leonel Murcia, magistrado de la sala de lo penal y miembro de la comisión especial de probidad, señala la irresponsabilidad con la que algunos medios de comunicación abordan el tema de probidad al exponer nombres y listados que no han sido aprobadas por la Corte Suprema de Justicia. Foto Diario Co Latino/ Ludwin Caballero.

“Si yo estoy en contra de la corrupción no debería de haber diferentes caminos entre magistrados”: Leonardo Murcia

@JoakinSalazar

Durante más de una  década la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia estuvo restringida para llevar a cabo una serie de indagaciones y auditorías de los patrimonios de los funcionarios públicos. En diciembre del 2015, patient los magistrados Sidney Blanco y Belarmino Jaime, pills reanudaron la instancia y ordenaron investigaciones de funcionarios y ex funcionarios del gobierno del ex presidente Mauricio Funes.

Olfato e interés periodístico son algunas de las excusas expresadas tras iniciaron las indagaciones, curiosamente, en su mayoría los investigados son del primer gobierno de izquierda,  el ex director del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), Leonel Flores , y el ex presidentes Mauricio Funes se sumaron al del pecenista y Diputado Reynaldo Cardoza, y el más reciente el también expresidente Elías Antonio Saca.

Anteriormente, Diario Co Latino vislumbró la falta de criterios para ordenar y determinar una investigación en la Sección de Probidad, que han enfrentado ya a magistrados en corte plena.

Con la finalidad de conocer más sobre el papel y los verdaderos intereses de la Comisión de  Magistrados que vigila a la Sección de Probidad, este rotativo entrevistó al Magistrado de la Sala de lo Penal, Leonardo Ramírez Murcia, como miembro de dicha comisión y esto es lo que nos comentó:

– ¿Cuál es el estado o papel actual de la Sección de Probidad?

La Sección de Probidad es una dependencia administrativa del poder judicial, la cual es creada por Ley que tiene asignado llevar a cabo el trabajo que manda la constitución que le asigna a la Corte Suprema de Justicia, llevar las investigaciones patrimoniales de los funcionarios y empleados públicos que ordena la Constitución de la República en el artículo 340 y los siguientes.

En ese orden de ideas, está la Sección de probidad, tiene una labor muy amplia, es un trabajo bastante complejo y que además es un trabajo de impacto nacional, hoy inclusive con un impacto internacional, a partir de las demandas o requerimientos de la comunidad internacional, en virtud de algunos pactos o convenios internacionales, donde al Estado de El Salvador se le obliga a combatir la corrupción.

Entonces, se tiene que la sección de probidad es vigilado y controlado su trabajo por magistrados de la Corte Suprema de Justicia o por magistrado por delegados de manera expresa por el presidente de la corte así las cosas hasta diciembre del año 2015.

Inicialmente dos magistrados de la Corte tenían la delegación expresa del presidente de la CSJ, para llevar a cabo este proceso de supervisión. No es hasta que en enero de este año, que se reflexiona en la Corte Suprema de Justicia que no debe ser un trabajo orientado por dos magistrados, como tampoco mediante una delegación de presidencia, sino que debía ser una delegación conformada por una comisión y además creada por la CSJ, la cual le da mucha más legitimidad, mucho más respaldo y ya no es la presidencia, sino que es la Corte en Pleno la que estaría pidiéndole cuentas a la sección de probidad.

– ¿Cuáles son entonces los criterios que la Sección de Probidad debía seguir para realizar una investigación?

La Comisión de magistrados que se crea, se enfrenta a un problema, qué es ¿a quien investigamos? ¿Cómo se investiga? ¿Cuáles son los métodos o criterios que debe de seguirse para ser investigado? debo sacarlo yo arbitrariamente, irregularmente de acuerdo a lo que  se me ocurra o de acuerdo a un sistema más organizado, por lo que ha raíz de esto nace en corte plena la discusión sobre la necesidad de establecer parámetros o criterios.

Nos dimos cuenta que no hay criterios o no existen criterios para establecer una investigación contra un funcionario.

De que hay que investigarlos a todos, es que hay que investigarlos a todos, porque en la medida en que la persona se coloca en la posición de funcionario o de administrar determinados bienes o recursos del Estado, inmediatamente se vuelve sujeto y objeto de investigación por parte de probidad, eso es innegable, todo mundo que asume el cargo de alcalde o miembro de un consejo municipal, o de las distintas instituciones,  ya sean grandes concejos o pequeñas comunas donde no administran muchos recursos, están sujetos a ser controlado su patrimonio, pero no podemos controlarlo simultáneamente a todos, puede ser que unos ameriten más y otros no por eso es necesario establecer criterios, no debe de quedar al libre albedrío, que quien dirija Probidad  dicte a quien se investigue, esto no puede ser así.

*3Entrevista Murcia 3– ¿No tenía establecido criterios en la ley que dio vida a la sección de probidad en 1959?

La Ley de Enriquecimiento Ilícito no nos da criterios, nada más dicta un procedimiento genérico en caso de encontrarse elementos indiciarios o sospechosos qué hay crecimiento desproporcionado del patrimonio de un funcionario, pero no hay criterios a quien hay que investigar, es decir, sí establece qué hay que investigar a funcionarios; pero, por investigar a este que no administra mucho fondos o nada de recursos a estar investigando los casos de las cabeceras departamentales, por decir algo, que manejan grandes cantidad de dinero, o investigar a ministros o ex ministros.

Quiérase o no, necesitamos criterios para determinar a quién o a quienes hay que investigar y con quién iniciamos, porque no podemos hacerlo todo de una sola vez. Por tanto, se volvió imperiosa la necesidad de establecer los criterios, este ha sido uno de los puntos en los que hemos venido trabajando y discutiendo a través de Corte Plena.

      ¿Por qué no se establecen los criterios, qué los detiene?

Dentro de la discusión tenemos puntos encontrados, digo al parecer, porque no debiera de haber. Si yo tengo una convicción de lucha contra la corrupción, y si todos hablamos el mismo lenguaje, el compromiso contra la corrupción, no tuviéramos que tener distintos caminos, sino que el único camino es el que nos indica la lucha contra la corrupción.

Una posición es que se investigue, pero no como una cuestión prioritaria lo que están próximos a prescribir, ellos dicen “investiguemos los actuales” pero ¿qué pasa? Si yo concentro mis esfuerzos en investigar a los actuales estoy dando lugar a que los funcionarios de la línea del tiempo que están próximos a prescribir ya no pueda investigarlos, entonces, eso lo abarca en la línea del tiempo por lo que estará vencido su plazo y ya no voy a poder investigarlos.

En cambio, hay otros que consideramos que es importante investigar a lo que están próximos por prescribir, es decir, los funcionarios que se encuentran en esa línea del tiempo próxima que se vence su periodo o prescripción, principalmente aquellos que andan desde los años 2006 al 2016.

Y es que los próximos que deben de ser investigados son los funcionarios del gobierno o la presidencia de Elías Antonio saca, como también, a la señora vicepresidenta del señor Saca y toda la gama de ministros, viceministros, directores de las autónomas que estaban en ese período presidencial. Hay que agarrarlos e investigar, es de ahí que nace la necesidad de que uno de Los criterios sea trabajar en base al criterio de la antigüedad.

– ¿Quienes son los magistrados que se oponen a investigar a funcionarios que están próximos a prescribir?

No me voy a meter en eso, es un poco complicado a lo mejor de nombres, porque no es sólo una posición, sino que son varios, pero quizás lo relevante es la posición que tienen algunos con respecto a que se mantenga lo actual y no investigar en el pasado.

– Le pregunto esto, porque se ha señalado que se están investigando a funcionarios actuales y se están dejando prescribir, como que existiera una prioridad con funcionarios de Izquierda y no con ex funcionarios de derecha.

Este es un problema que diría yo como consecuencia y este es el mensaje que se da al tener esta posición y el otro mensaje que te da y yo lo he dicho, es que estamos confabulando a favor de que la corrupción de este periodo (2004 -2009), se consuma, yo porque tengo que dejar que transcurra el tiempo y dejar que prescriban, cuando ya después que prescriban se me complica el reabrirlo. Aquí hay un problema y es que si yo lo dejo que prescriba la acción por enriquecimiento ilícito la única manera, y lo digo porque es la única, y la corte ya dio luz verde en esta línea, es que los ciudadanos lleguen ante probidad a pedir y solicitar que probidad brinde información sobre lo que ya se trabajó de funcionarios, de los gobiernos de ARENA.

Por ejemplo, los del periodo de Francisco Flores, todos esos procesos ya prescribieron, ya no podemos abrirlo, pero si viene un ciudadano y dice, quiero, así como lo hicieron con el caso de Francisco Flores, conocer  el estado y patrimonio de cualquier funcionarios, entonces me lleva o me llevarían a la Corte a que se abran estos procesos y ahí es donde entra otro punto de conflicto que se tiene y es con respecto a darle viabilidad o ingreso a la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio y de la administración de bienes de origen o definición de ilícita.

Hay quienes se oponen a esto, yo estoy proponiendo, porque no debemos desconocer la Ley,  la cual es aplicable al pasado y más allá de la línea divisoria de la prescripción, como se hizo con el señor Flores, se abre un proceso que investigó su patrimonio, se determinó la existencia no justificada de incremento patrimonial, pero no le puedo aplicar la Ley de Enriquecimiento Ilícito, porque sale y se aplica únicamente a los 10 años para acá, es decir, que no haya prescrito, por lo que voy a aplicar la ley de Extinción de Dominio. Esta ley me permite volver hacia el pasado, pero esta acción no la puede hacer la Corte en Pleno, sino que la acción debe ejercerla la Fiscalía General de la República, ella es la que ejerce la acción por el delito de extinción de dominio y es una vía para poder recuperar y combatir la corrupción independientemente de los tiempos.

– ¿Esta medida es aplicable en los periodos de Alfredo Cristiani y Armando Calderón Sol?

Claro que sí, así como la petición de ciudadanos de otros funcionarios, vengan a solicitar el reporte de patrimonio del ex presidente Alfredo Cristiani y de otros, es así como podrán ver que se  realicen otros procesos.

– Sin la existencia de criterios para determinar una investigación ¿por qué iniciaron procesos contra tres ex funcionarios y un diputado?

Estos casos ya han sido evacuados y trabajados de acuerdo a determinados elementos, de los cuales la ausencia de criterios no pesa mucho en la investigación del señor Cardoza, Flores, Funes y Saca, como también la investigación del Señor Francisco Flores, que está por concluirse la investigación, estos procesos no nacieron del seno de la Corte Suprema de Justicia, sino que de una petición de un ciudadano, que a través de la ley de acceso a la información pública pidió la información relativa al patrimonio de los mencionados, la corte, por tanto, respondió que no tenía estos documentos por lo que inició el proceso de realizarlo.

Dicha petición se produjo cuando estuvieron en función de la dirección de la sección de probidad los magistrados Belarmino Jaime y Sidney Blanco, sin embargo, la comisión creada después ha dedicado su tiempo en concluir esas investigaciones.

– ¿Existe una lista de 29 funcionarios para ser investigados por Probidad?

Se menciona ese listado, sin embargo, oficialmente la Corte no ha aprobado ningún listado; no obstante que se menciona que Probidad tiene un grupo, y es cierto, tiene un grupo como de 29 personas, pero eso está sujeto a que se definan criterios.

– Algunos funcionarios decían que existe una prioridad por parte de algunos magistrados, principalmente Sidney Blanco y Belarmino Jaime, por solo atacar funcionarios de Izquierda, ¿Cuál ha sido el papel de estos dos magistrados?

Es difícil para mi expresarme por esa conclusión, yo lo que puedo decirles es que hay ciertas posiciones, en el orden de lo que he estado señalando, y cada quien puede hacer sus conclusiones, he escuchado muchas conclusiones, no solamente de uno de los investigados, sino que por parte de otros ciudadanos que han hecho valoraciones del caso, son valoraciones muy particulares.

Yo no tengo facultad para poder llegar a una de esas conclusiones que son más valorativas, que lo que realmente sucede. Lo cierto es que las posturas están como yo lo he explicado y cada una de las posturas tiene una consecuencia. El hecho que se diga que el pasado no me importa, yo concluyo que es dañino, porque eso me permite, y estoy dando lugar a que algunos casos prescriban, por lo que estoy generando ocultamiento y que la corrupción que se vaya toda tranquila, mientras algunos insisten en que apostemos recursos para estos, que tiene 10 años para que no prescriban, hay muchas más conclusiones y valoraciones expuestas por los mismos investigados.

– ¿Cuál es el debido proceso que actualmente  se establece para una investigación de Probidad?

Debo señalar que las investigaciones o al menos este número de personas que se mencionan que están en el listado, y que se han incorporados ahí, puedo decir que han sido incorporados porque se aduce la noticia periodística y, además, se ha dicho otras cosas, lo que a mi me consta y puedo decir, es que existe un listado que Corte no ha ratificado, ni aprobado, han sido incorporados al margen de la existencia de criterios, ahora ¿como lo sacaron? no se, ¿de donde salieron? no se, han dado explicaciones hasta llegar al tema del olfato, según los que se han mencionados en algunos medios, hasta decir que han sido extraídos de noticias periodísticas, lo cual es un contrasentido, porque la misma noticias periodísticas ha arrojado cantidades de nombres, y no están ahí.

Casos como CEL Enel , Diego de Holguín, caso IMPEP; el Ministerio de Obras Publicas denunció una cantidad de casos de ex funcionarios, yo no se si están o no en el listado, en el caso de la Diego de Holguín, no se qué ha pasado si están o no. El Señor, hay otros ex ministros, el tema del Hospital de maternidad, pero de él se dijo ¿esa plata donde está? Del Seguro Social se dijeron muchas cosas también; pero si fuere de las investigaciones periodístas no es un criterio, los medios de comunicación, salvo aquellos donde hay excepciones, tienen más una proyección y una línea editorial, entonces los medios que han estado investigando, la información periodística.

-¿Pero, el debido proceso cuál es?

Para incorporar un caso a la lista de investigados, no hay, no hay mecanismo porque no hay criterios todavía, esperamos sacarlos a través de la reunión, pero el debido proceso para la investigación y la reserva de la investigación, cosa que también no se han respetado, en el proceso de investigación ahí aparecen noticias que uno dice, yo no conozco, y allá fuera se anda manejando casos de datos que se están investigando en Probidad, la investigación debe ser reservada, no debe ser pública, porque si fuera así, abramos probidad a todo mundo.

– ¿Existe filtración de documentación de probidad?

La Corte no los ha aprobado y lo están difundiendo, tan peligroso es que tiran una información en un momento dado con una suma determinada y después siguen tirando otra información con otra suma o cantidad, entonces, en qué quedamos, y para colmo, como en más de una ocasión lo dijo algunos investigados, “yo por los medios me he dado cuenta de esto”, eso no debe darse así, ni debe de darse a conocer a los medios, todo mundo tiene derecho, pero debe saberlo una vez que esté en firme, cuando la corte lo discutió y tomo un acuerdo. Eso es lo que manda la ley de transparencia y acceso a la información todo mundo tiene derecho a conocer la verdad.

– ¿En que etapa se encuentra el trabajo de la Comisión?

Estamos trabajando como comisión, depurando y tomando decisiones en torno a los criterios, no me puedo aventurar, en decir fechas y adelantos, pero si espero que este mes podamos tener acuerdos.

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