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La política de Ahorro y Eficiencia en el Gasto del Sector Público 2017 la ejecuta el gobierno de Salvador Sánchez Cerén desde marzo. La Sala de lo Constitucional no se aplica austeridad y derrocha. Foto Diario Co Latino.

Sala de lo Constitucional sin austeridad en Órgano Judicial

Redacción transparencia

La Política de Ahorro y de Eficiencia en el Gasto del Sector Público de 2017 –elaborada y de cumplimiento para el órgano Ejecutivo- ya contempla las restricciones estipuladas por la Sala de lo Constitucional en su fallo de inconstitucionalidad a la Ley General del Presupuesto de la Nación de este año.

La sentencia de los magistrados constitucionalistas estipula, entre otras cosas, la ejecución de seis medidas para que exista un ahorro en los recursos de los órganos Legislativo y Ejecutivo, aunque no menciona si estas acciones también las implementará la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que, por Constitución, se le asigna anualmente el 6% del presupuesto de país.

Entre lo ordenado por la Sala está: suspender la creación de nuevas plazas (salvo en áreas estratégicas como educación, salud, justicia y seguridad pública), suspender los aumentos salariales para las plazas y contratos de funcionarios públicos y jefaturas en las instituciones del sector público, suspender nuevas compensaciones adicionales a los salarios que se devengan, como las bonificaciones y retribuciones en especie de cualquier tipo, a los funcionarios y jefaturas de las distintas dependencias del Estado, suprimir la compra de equipos y bienes suntuarios, o de uso no prioritario en la Administración pública, tales como la adquisición de vehículos de lujo y la innecesaria renovación de la flota vehicular, garantizar uso racional y limitado de viajes, limitar gastos en publicidad, entre otras.

Sin embargo, esto ya lo contemplan varios artículos de la Política de Ahorro del gobierno para este año y que se ejecuta desde marzo pasado. El documento está disponible en el sitio web de Transparencia Fiscal del Ministerio de Hacienda y, de acuerdo al artículo 5, donde están las medidas generales del gasto y en el literal “a”, se ordena la prohibición de creación de nuevas plazas, así como los incrementos salariales.

Además, en el artículo 6, en el que se detallan las medidas específicas de austeridad para la ejecución del gasto, particularmente en el numeral dos, se indica la prohibición para crear nuevas plazas, ya sea con fondos propios, por donación o por préstamos. En este punto quedan excluidas de la medida la contratación de más médicos o paramédicos o de personal para los servicios de salud y de puestos que sean necesarios para el desarrollo del Plan El Salvador Seguro.

Siempre, en el artículo 6 de la Política de Ahorro y de Eficiencia en el Gasto, los numerales 4 y 7 prohíben los incrementos salariales y el otorgamiento de bonificaciones o beneficios económicos para los empleados del órgano Ejecutivo.

En el numeral 15, del referido artículo, se especifica la suspensión de los viajes al exterior de parte de los ministros, viceministros y demás titulares gubernamentales, salvo en los casos autorizados por el presidente de la República.

Mientras, en los números 17, 18 y 20, del mencionado artículo, se estipulan la racionalización de gasto en publicidad, la compara de vehículos -salvo los que se utilizarán para desarrollar el Plan El Salvador Seguro-, así como la contratación de seguros de vida y médico hospitalario.

Según el Ministerio de Hacienda, la política de ahorro expone el conjunto de medidas que deben adoptar y aplicar anualmente las instituciones del Sector Público durante la fase de ejecución del presupuesto, con la finalidad de optimizar los recursos públicos disponibles, generar ahorro y darle cumplimiento a las prioridades y metas establecidas en cada institución.

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