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Libertad de expresión no ampara obscenidades

Sí, así de tajantes, la libertad de expresión que forma parte de los más sagrados derechos humanos está protegida por la Declaración Universal desde 1948, y por lo tanto, alcanza el estadio de “sagrada”, pero en El Salvador, facciones de derecha la elevan al estatus de la obscenidad.

Y es que es obsceno escuchar a los representantes de la Asociación Salvadoreña de Radiodifusores (ASDER) salir a la defensa de la campaña propagandística electoral de ARENA, esgrimiendo que la prohibición del Tribunal Supremo Electoral (TSE) es atentatoria a la libertad de expresión.

Tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, entre otros tratados, así como la Constitución de la República de El Salvador, reafirma la primacía de la Libertad de Expresión entre nuestros derechos, pero ojo, nuestra Constitución pone límites.

En el tema de la Libertad de Expresión, en su artículo 6 la Constitución expresa, al final de uno de sus incisos: “pero los que haciendo uso de él, infrinjan las leyes, responderán por el delito que cometan”.

Ese es el caso de ARENA, que ha infringido la ley electora en cuanto a la campaña presidencial.

El artículo 172 del Código Electoral establece: “La propaganda electoral solo se permitirá, aun sin previa convocatoria, cuatro meses antes de la fechas establecidas por la ley para la elección de Presidente o Presidenta y Vicepresidente o Vicepresidenta de la República…”.

Pese a la anterior prohibición, en el proceso de elecciones internas, ARENA la ha catapultado a la altura de una campaña electoral presidencial, así vemos vallas, anuncios televisivos y cuñas radiales como si se tratara ya de los candidatos presidenciales. A la ciudadanía respetuosa de la ley le debería repugnar esa campaña electoral presidencial, pues, en primer lugar, ni tan siquiera han elegido a sus candidatos los de Arena, pero, además, recién finalizamos con una campaña electoral para alcaldes y diputados, en la que por cierto se montaron dos de los tres aspirantes a la candidatura presidencial de ARENA.

Y en atención a esos límites permitidos por nuestra Constitución, el TSE ordenó a los medios de comunicación “suspender inmediatamente la transmisión de cualquier spot o programa de televisión, cuña radial o publicación de prensa escrita o digital, en la que aparezca algún ciudadano que pretenda aspirar al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República…”.

Por eso es que, defender la campaña electoral presidencial de ARENA, amparados en el Derecho a la Libertad de Expresión es una obscenidad.

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