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Milton Garay, diputado del FMLN. Foto Diario Co Latino/@miltongaray257.

FMLN solicita indemnización para maestros por renuncia voluntaria

Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino

Con la finalidad de reconocer los derechos de los docentes salvadoreños, diputados del FMLN junto a representantes de varias gremiales de educadores acudieron a la Asamblea Legislativa para solicitar que se indemnice a maestros que renuncian voluntariamente al Ministerio de Educación.

Según los solicitantes de la iniciativa, al no encontrarse contemplado en la legislación vigente, no reciben compensación por su tiempo de trabajo en esa cartera de Estado.

Milton Garay, diputado del FMLN y miembro de la Comisión de Cultura y Educación del primer órgano de Estado, consideró que es pertinente legislar en lo referente a la renuncia voluntaria y la posibilidad de respetar el derecho a una indemnización para los maestros que la solicitan.

“Hoy por hoy, un maestro a la hora de renunciar, se va sin ninguna indemnización por el tiempo laborado, por ello pretendemos legislar para que puedan tener este beneficio ya que el sector docente se encontraba excluido de esta”, dijo Garay.

La reforma se hará al artículo 30 de la Ley de la Carrera Docente para incluir a los maestros en el beneficio de renuncia voluntaria con indemnización. La reforma beneficiará a todo el sector docente a nivel nacional ya que cualquier profesor que así lo decida podrá renunciar y recibir una compensación por sus años de trabajo.

Las gremiales magisteriales respaldaron esta solicitud de modificación de ley ya que coadyuva a la reivindicación de los derechos del magisterio nacional.

“Hemos tenido maestros que por la situación de delincuencia y problemas sociales que viven algunas comunidades del país, cambio de empleo o migración, tuvieron que renunciar y se fueron sin su indemnización”, expuso Israel Montano, secretario general de ANDES 21 de Junio.

Según leyes que regulan la indemnización por renuncia voluntaria de empleados públicos, quienes lleven a cabo la misma recibirán el salario correspondiente a 15 días de trabajo por año laborado, mismo que no deberá exceder dos salarios mínimos del sector comercio y servicios.

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