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DERECHO Y ESTADO LAICO

Miguel Ángel Dueñas Góchez*

Más allá de que el modelo de Estado laico comenzó a tener vigencia efectiva al inicio de la modernidad, hoy en día persisten limitaciones a las libertades individuales, realizadas a través del poder público –Estado nacional– con miras de instaurar una fe determinada.

Esto puede explicarse si se considera que el Estado a través de su propia formalidad, es decir, su normativa jurídica o sus prácticas institucionales, va a establecer relaciones de dominación, como ya lo señala Michel Foucault, “El derecho (y cuando digo derecho no pienso simplemente en la ley, sino en el conjunto de aparatos, instituciones, reglamentos que se aplican al derecho) transmite, funcionaliza, relaciones que no son exclusivamente relaciones de soberanía sino dominación”. Estas relaciones de poder pueden fundarse o enmarcarse en una cosmovisión provista por las doctrinas religiosas y contribuir a su continua reproducción ideológica. De este modo es posible advertir que de forma enmascarada –sin el objetivo expreso de producir una “conversión” masiva o de efectuar una “cruzada santa” –, el poder político por medio del derecho impone en la sociedad civil, intencionalmente o no, una determinada creencia religiosa. Esto sucede no solo en la regulación estatal en esta materia, donde puede ser muy evidente tal imposición, sino que opera en otros ámbitos, actuando de manera más sutil y oculta, afectando los principios jurídico-políticos señalados por AUDI (libertario, igualitario y neutralidad). Al respecto podemos mencionar la legislación en materia familiar, en la cual tradicionalmente se sostienen, en forma expresa o tácita, paradigmas aportados por doctrinas confesionales.

Un ejemplo reciente de esta intervención estatal basada en doctrinas religiosas la encontramos en la ley sobre vida familiar adolescente (Adlescent Family Life Act) adoptada desde 1978 en EE.UU. Esta norma fomenta la abstinencia sexual estableciendo como valores la virginidad y la castidad, considerando que la sexualidad solo debe ejercerse durante el matrimonio.

Ahora bien, ¿en qué medida las doctrinas religiosas, que influyen en las normas jurídicas y en las prácticas institucionales, han favorecido la limitación de los derechos de las mujeres y han contribuido a la imposición de un rol subordinado en la sociedad?

(Información tomada del libro

“La Trampa de la Moral Única,

Argumentos para una democracia laica”,

de Camila Bustamante, 2005).

*Lic. en Relaciones Internacionales.

Ver también

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