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Dennis Muñoz, Abogado de la agrupación ciudadana; Teresa Naves, Abogada de FESPAD; Bertha de León, Abogada defensora; Morena Herrera, miembro de Ciudadana; Saúl Baños, Director de FESPAD, anuncian que apelarán caso de Evelyn Hernández, quien fue condenada a 30 años de cárcel. Foto Diario Co Latino / Jorge Rivera.

Sentencia de caso Evelyn Hernández será apelada por su defensa

Alexander Pineda
@DiarioCoLatino

El pasado 5 de julio, Evelyn Beatriz Hernández Cruz, de 19 años, fue condenada a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado en perjuicio de su hijo en abril de 2016. El equipo jurídico encargado de su defensa en el proceso penal apelará la sentencia después de que reciban el documento oficial de la misma, el próximo 19 de julio. La apelación se basará en la inobservancia del debido proceso. La sentencia no está apegada a derecho y en la falta de dolo por parte de la imputada. La parte defensora manifiesta que la sentencia dictada por la jueza del tribunal de Cojutepeque, Nury Velásquez, obedece a prejuicios personales sobre el aborto y no a la correcta aplicación del razonamiento técnico jurídico, por tanto, el procedimiento judicial se vio viciado.

“La Fiscalía no ha hecho un trabajo esclarecedor para encontrar las determinantes sociales que han rodeado la situación de Evelyn, muchas mujeres jóvenes y pobres que acuden a los hospitales en búsqueda de asistencia médica, se encuentran con una acusación en las salas de emergencia y entran a proceso judicial prácticamente condenadas”, dijo Morena Herrera, defensora de Derechos Humanos.

Bertha Deleón, abogada defensora, argumenta que tanto la jueza Velásquez como la Fiscalía General de la República han asumido como de total validez las pruebas que incriminan a Evelyn Hernández, aun cuando se han presentado otras que determinan que se trató de un parto prematuro; así como el desconocimiento expreso y hasta contradicción por parte de los médicos que realizaron la autopsia al cadáver del menor con respecto a las causas de su muerte.

“La jueza no tiene en cuenta estos documentos establecen que estamos en un estado de  duda razonable y el artículo 6 del Código Procesal Penal dice que la duda razonable debe favorecer al acusado como derivación del principio de presunción de inocencia”, explicó Deleón, y también calificó de “delicadas” en términos de debido proceso, las aseveraciones de la  jueza y el fiscal del caso, que acusan a la madre de Evelyn Hernández, sin elementos probatorios, de ser coautora del delito. El representante de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto en El Salvador y miembro del equipo defensor de la acusada, Dennis Muñoz, añadió que problemas de salud como anemia e infección en vías urinarias, de Evelyn Hernández, incidieron en el alumbramiento prematuro, argumento que tampoco fue tomado en cuenta al momento de dar un veredicto.

Asimismo, Muñoz detalló que elementos policiales que hicieron la inspección ocular en el lugar de los hechos, admitieron haber limpiado y lavado el cadáver antes de entregarlo a Medicina Legal, labor para la que no estaban facultados. “Es claro que hay contaminación del objeto investigado, lo cual tuvo que haber sido valorado en la sentencia, nadie debe modificar la escena de un crimen porque se incurre en el delito de fraude procesal”, dijo. “Yo pienso que estas son victorias fáciles para la Fiscalía en un país donde hay tan poca eficacia judicial, aquí predomina la impunidad y estos casos son algo tan fácil porque a la denunciada la llevan del hospital a la cárcel”, añadió Morena Herrera, activista de Derechos Humanos.

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