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Rendición de cuentas

Renán Alcides Orellana

Cuando cualquier alto funcionario del Órgano que sea: Legislativo, sovaldi sale Ejecutivo, and Judicial o edilicio, administra su cargo con base en los principios de Transparencia, Participación ciudadana y Rendición de cuentas, su desempeño es, sin duda, exitoso por eficiente y, además, creíble, por la confianza en su mensaje claro a los ojos de la ciudadanía.

Aunque puedan existir esfuerzos de no andar tan mal, en aquello de querer mostrar un ejercicio medianamente claro (Transparencia) y también en cuanto a realizar un ejercicio un tanto participativo (Participación ciudadana), lo cierto es que sobre Rendición de Cuentas, hay un déficit enorme en funcionarios de todas las esferas oficiales. Pero también, hay excepciones y la población consciente sabe apreciarlas. Por eso, en cada evento electoral hay un porcentaje -aunque mínimo- de reelecciones acertadas y hasta necesarias. En cambio, la gran mayoría debe su reelección a compromisos políticos, compadrazgo o exigencia familiar. Nada que ver, pues, con la gastada e inaceptable frase de que optan a un alto cargo “por un ferviente deseo de servir al país”. ¡Diosguarde!

Es una realidad que, más por malicia que por ignorancia, muchos funcionarios obligados constitucionalmente a rendir cuentas de sus actuaciones, sencillamente no lo hacen. Y como “rendir cuentas” es exponer -con claridad y veracidad- lo que se está obligado a informar y casi a nadie le gusta hacerlo, la cifra de “infractores” es ilimitada. Han sido -son- tantos los casos (los hay en todas las esferas), que siempre será imposible una identificación/mención total y exacta de ellos. Pero, para muestra, unos botones:

Los diputados salientes y entrantes están obligados, constitucionalmente, a rendir declaración jurada sobre su patrimonio personal, al inicio y finalización de su período. Si no rinden cuentas al entrar ¿qué se puede esperar cuando estén en el ejercicio de sus funciones? Por eso sobre esto, la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) publicó, el 15 de junio, un comunicado ordenando a todos los diputados de la Asamblea Legislativa, propietarios y suplentes, y a todos los alcaldes y concejales de los 262 municipios del país, salientes y entrantes, que presenten su declaración jurada ante aquella Sección de la CSJ, sobre su patrimonio personal y de su grupo familiar. ¿Lo harán?

Los diputados viajeros -unos más que otros- están obligados a informar sobre la razón del viaje, los gastos y, sobre todo, su nivel de participación y los posibles beneficios para el país. Hay viajeros crónicos y lo único que el pueblo contribuyente sabe es que esos viajes se financian, en gran parte, con el pago de sus impuestos. Si no informan, aun cuando es una obligación moral/constitucional ¿de cuál lealtad al pueblo estamos hablando…?

Los alcaldes, especialmente aquellos que durante la campaña se ofrecían como celosos cuidadores de la cosa pública, tienen en sus manos la oportunidad de confirmarlo, bien cumpliendo con lo prometido e impulsando la participación ciudadana, hacia la construcción de una función edilicia transparente y productiva. Pero, su rendición de cuentas no estará del todo bien, si no atienden el mandato constitucional de presentar oportunamente ante la Sección de Probidad, la declaración jurada de su patrimonio personal y de su familia.

Como ha quedado dicho, son todos los funcionarios del Estado -no únicamente alcaldes  diputados- los obligados a declarar su patrimonio. La rendición de cuentas no sólo demuestra  eficiencia, sino también honestidad y transparencia; es decir, la actuación de funcionarios probos y capaces, tan necesarios para encausar, realmente, el proceso democrático de la Nación. (RAO).

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