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La SSF no ha ordenado cierre de cuentas bancarias

@JoakinSalazar

Cualquier irregularidad debe ser denunciada. La Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) aclaró, a través de un comunicado, que no tiene facultades legales para ordenar el cierre de cuentas bancarias a personas jurídicas o naturales.
De igual manera, afirma que estos cierres de cuentas bancarias solamente se proceden por órdenes judiciales o administrativas, bajo las competencias de cada entidad bancaria o judicial.
Esta aclaración surge luego de que diversos sectores y analistas señalaran que entidades bancarias están cerrando cuentas a personas involucradas en casos por la sección probidad, hecho que afirman violentan sus derechos constitucionales.
Y es que con la órdenes de apertura de juicios de probidad, los tribunales han cerrado diversas cuentas bancarias a empresas y entidades que pertenecen a los involucrados,  poniendo en riesgo la estabilidad económica de los empleados.
Ante esto, la Superintendencia dijo que “La SSF  en su papel de velar por la estabilidad del sistema financiero mantiene una permanente vigilancia en el desarrollo de las operaciones de las entidades supervisadas”.
Además, expone que la SSF “ha establecido un estrecho seguimiento a fin de verificar sus actuaciones y proceder en el ámbito de nuestra competencia instruyendo las correcciones que correspondan”.
Y es que la Superintendencia del Sistema Financiero aclaró que para la apertura o cierre de cuentas bancarias las entidades son las que toman esas decisiones con base a su política de gestión  de riesgo y deben cumplir con los procedimientos y políticas internas y disposiciones legales que habiliten dicha actuación, debiendo comunicar oportunamente a sus clientes lo que legalmente fuere procedente.
El abogado Felix Ulloa dijo recientemente a Diario La Página, que los bancos violan siete derechos fundamentales,  dado que los bancos están cerrando cuentas, suspenden desembolsos de contratos vigentes, préstamos que están vigentes y en otros casos se niegan a abrir cuentas bancarias de personas jurídicas y naturales, lo que es ilegal.
Por su parte, la Asociación Bancaria Salvadoreña (ABANSA, dijo que están obligados a dar cumplimiento al marco legal y normativo relacionado a identificar evaluar y tomar acciones eficaces para mitigar riesgos. “La terminación de contratos está enmarcada en el estricto cumplimiento de la Ley de Bancos, Ley Contra Lavado de Dinero  y Activos, Código de Comercio y buenas Prácticas”.
No obstante, la SSF instó a la población a utilizar la Oficina de Atención al Usuario para recibir orientación o denunciar actuaciones que consideren irregulares en las entidades financieras.

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