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El Salvador, Sábado 26 de Mayo de 2012
Última actualización : 26/08:42 h.

Jueves, 02 de Septiembre de 2010 / 12:13 h

Palabras de ex presidente de CSJ promueven la pérdida de institucionalidad

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Alfonzo Buitrago, abogado de la República. Foto Diario Co Latino/Eugenio Castro


Daniel Trujillo
Redacción Diario Co Latino

Las palabras del ex presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Mauricio Gutiérrez, referentes a que los diputados desobedezcan el fallo del Órgano Judicial sobre la constitucionalidad de las candidaturas ciudadanas, sólo abonan a la pérdida de institucionalidad del país.

El abogado y ex juez de la República, Ernesto Alfonzo Buitrago, aseguró que la postura del ex magistrado de la Corte Suprema está acorde a las tendencias de derecha, por lo que no es raro que el ex funcionario llame a los diputados a cometer desacato, que implica una ofensa.

Para Buitrago, Gutiérrez Castro se refirió a la desobediencia, que es un delito contemplado en el artículo 322 del Código Penal. “Lo que está provocando es un atropello a la institucionalidad del país. Está haciendo un llamado a la desobediencia y está perjudicando verdaderamente la institucionalidad”, aseguró el abogado.

A Buitrago no le cabe ninguna duda que los Magistrados de la Sala de lo Constitucional actuaron bien y que su fallo está bien fundamentado, porque el artículo 85 de la Constitución de la República, que dicta que los partidos políticos son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno, tiene excepciones en los artículos 126 y 202 de la Carta Magna.

Ambos apartados estipulan los requisitos para ser diputado o diputada, o, alcalde o alcaldesa del país, los cuales no exigen a la persona ser miembro o estar adscrito a un partido político.

“El fallo de la Corte está bien fundamentado porque el Código Civil, en su artículo tres, determina que sólo al legislador le corresponde interpretar la ley de un modo generalmente obligatorio; mientras, que la interpretación auténtica de la Constitución, para ser obligatoria, deberá hacerse en la manera establecida en el artículo 183 de la Carta Magna”, explicó Buitrago.

Ese apartado de la ley superior del país indica que “la Corte Suprema de Justicia por medio de la Sala de lo Constitucional será el único tribunal competente para declarar la inconstitucio-nalidad de las leyes, decretos y reglamentos, en su forma y contenido, de un modo general y obligatorio, y podrá hacerlo a petición de cualquier ciudadano”.

El ex juez de la República sugirió a la Comisión Ad Hoc de la Asamblea Legislativa, que analiza el fallo de la CSJ, actuar con sensatez y madurez política, ya que sus acciones demuestran el temor a perder sus privilegios en la sociedad.

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