Beatriz Castillo
Beatriz Menjívar
Redacción Diario Co Latino
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), tendría que definir si existe o no legalidad en el incremento de la pena de 7 a 15 años para menores infractores, como lo proponen los diputados de la Asamblea Legislativa.
La intervención de la Sala tendrá que llegar, si los diputados en la próxima sesión plenaria, superan el veto presidencial emitido a la propuesta de reforma, hace unos días, por el Presidente de la República Mauricio Funes.
Jaime Martínez, director de la Academia Nacional de Seguridad Pública, y quién fue parte de la Comisión Consultiva que formó Funes, aseguró que para resolver las diferentes posiciones del Órgano Ejecutivo y del Órgano Legislativo, el mecanismo democrático es que la Corte resuelva.
“Allí se tendría la oportunidad que los tres poderes del Estado se involucren en una decisión, como es la propuesta de incrementar las penas” y opinó que sería un proceso sano para la población y para el sector de jóvenes en el país.
El funcionario sostiene que la iniciativa planteada de una forma “populista” por los “Padre de la Patria”, no es viable porque riñe con la Constitución de la República y los tratados Internacionales suscritos por las autoridades salvadoreñas.
Recordó que en enero de este año, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) recomendó a El Salvador enfrentar la problemática de los jóvenes con medidas preventivas y no con políticas de represión.
Además, el ejecutivo mantiene su postura de rechazar la iniciativa, luego de la consulta jurídica con los sectores como la UNICEF, ISNA, magistrados de Cámara de Menores y jueces, que coincidieron en que la medida viola la Convención sobre los Derechos del Niño, así como las reglas para la protección de los menores privados de libertad, suscritos por El Salvador.
Sin embargo, las fracciones de ARENA, FMLN y PCN mantienen que la iniciativa “no es inconstitucional”, por lo que anuncian que este jueves emitirían un dictamen favorable con 56 votos y superarían el veto presidencial.
Por su parte, José María Méndez h. miembro del Foro para la Defensa de la Constitución, explicó que en caso que la Asamblea Legislativa supere el veto, el Presidente tiene el derecho, amparado en el artículo 138, de avocarse a la Corte para que emita una resolución.
Y a juicio de Méndez, esta sería una actitud “positiva” porque incluye la participación de los tres poderes del Estado, puesto que sería el estudio de una ley que incluye la participación de los tres poderes del Estado.
“El Presidente puede dirigirse a la Corte, dentro de los tres días hábiles de aprobada la ley, para un estudio y será ella quien decida si procede o no”, afirma el abogado.
“Si la Corte decide que el proyecto es constitucional el Presidente de la República está en la obligación de sancionarlo y publicarlo como decreto”, concluye Méndez.



