Redacción Diario Co Latino
La Superintendencia de Competencia (SC) opinó que la exención fiscal concedida a las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro no constituye por sí misma una práctica anticompetitiva, en referencia a las licitaciones que el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) realizará en los procedimientos de adquisiciones y contrataciones públicas.
Dado que FONAVIPO se encuentra en la fase de elaboración de las bases de licitación, en relación al programa de vivienda del Plan Anticrisis del gobierno central, la autónoma envió una carta a la SC para conocer su opinión referente a la posibilidad que las entidades que pagan impuestos se encuentren en desigualdad de condiciones para competir con relación a las asociaciones sin fines de lucro, quienes no pagan impuestos y podrían, por lo tanto, ofertar precios más bajos.
Sin embargo, la Superintendencia sostuvo que esto no constituye una práctica anticompetitiva, pues la Ley de Competencia únicamente prohíbe los precios predatorios (ventas a precios inferiores a costos), cuando se cumplan los supuestos del artículo 29 del referido cuerpo de ley (existencia de posición dominante).
El Superintendente de Competencia, José Enrique Argumedo, manifestó que el compromiso de la entidad que preside es que las bases de competencia sean transparentes e inclusivas.
“Lo anterior facilitará que haya un mayor número de oferentes, obtener mejores precios y calidad de los bienes y servicios a contratar”, expresó Argumedo.
La SC sostiene que si bien existe la posibilidad que la exención fiscal concedida a las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro y declaradas de utilidad pública pueda afectar negativamente la competencia, ello no es una situación que pueda evaluarse y arribar a un criterio de aplicación general.
Asimismo, la Ley de Competencia indica que la exención fiscal en cuestión no constituye por sí misma una práctica anticompetitiva ni es una condición discriminatoria creada desde las instituciones que promueven los procesos concursales, especialmente, porque la misma está amparada en el ordenamiento jurídico.



