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El Salvador, Domingo 12 de Febrero de 2012
Última actualización : 12/11:38 h.

Jueves, 12 de Febrero de 2009 / 09:38 h

SC en desacuerdo con CSJ por admitir demanda de MOLSA

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Redacción Diario Co Latino

La Superintendencia de Competencia (SC) está en desacuerdo con la Corte Suprema de Justicia (CSJ) al admitir la demanda interpuesta por MOLSA, en la que la empresa harinera pide no pagar la multa y el cese de conducta impuesto por el Consejo Directivo (CD) de la entidad estatal, al haber comprobado la existencia de un acuerdo anticompetitivo entre competidores.

Sin embargo, la SC no se quedó de brazos cruzados ya que presentó un recurso de revocatoria a la Sala Contencioso Administrativo, pues ésta, además, de admitir la demanda de forma imprecisa, expresamente, rechaza la solicitud de la SC en cuanto a que la Sala conozca aspectos de fondo y de exclusivo conocimiento de la Superintendencia, dice un comunicado.

Según la SC, con la decisión de la CSJ se pone en riesgo el derecho de defensa de la entidad estatal y, además, se estarían invadiendo las funciones que la Ley de Competencia ha conferido a la Superintendencia.

Esto, porque, por una parte, la referida Sala de la Corte no esclareció los elementos que formarían parte del litigio; y, por otra, quiere conocer en el proceso contencioso administrativo, aspectos de fondo, propios del Derecho de Competencia cuyo conocimiento le está reservado al Ejecutivo a través de la SC.

“La Superintendencia ha solicitado a la Sala Contencioso Administrativo de la Corte que se respete el ámbito de competencia propio de la Superintendencia de la Competencia; además, ha evidenciado a la Sala que con una eventual medida cautelar, se afectaría el interés público, el funcionamiento del mercado de la harina de trigo y, en definitiva, el bolsillo de los consumidores”, manifestó la titular de la SC, Celina Escolán Suay.

El 3 de abril de 2008, la Superintendencia de Competencia obtuvo autorización del Juez de Primera Instancia competente para realizar un registro con prevención de allanamiento en el establecimiento de MOLSA.

La diligencia fue realizada y se contó con la colaboración de MOLSA, donde se obtuvo las pruebas que sirvieron posteriormente al CD de la SC para sancionar a dicha sociedad. Ésta fue la primera inspección sorpresiva que realizó la entidad gubernamental en materia de competencia, ya que las anteriores a la modificación de la ley en noviembre de 2007, requerían el conocimiento previo de los agentes económicos. 

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