| Desde la izquierda: Jaime Alberto López, FESPAD; Luis Fernández, Área Jurídica del CDC; Abraham Abrego, FESPAD y Armando Flores del CDC. Foto Diario Co Latino/Karla Melgar |
Daniel Trujillo
Redacción Diario Co Latino
La concesión que tiene la empresa de economía mixta LaGeo para explotar energía eléctrica a base de recursos geotérmicos, podría ser inconstitucional, ya que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió una demanda de ese tipo, interpuesta por organismos de la sociedad civil.
La admisión de la demanda fue el nueve de enero pasado, y los argumentos del Centro para la Defensa del Consumidor (CDC) y de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), estriban en que la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) otorgó la concesión a LaGeo, sin tiempo definido, violando así cuatro artículos de la Constitución de la República.
Según el CDC y FESPAD, en “claro conflicto” con la Constitución de la República, la SIGET otorgó la concesión a LaGeo para que explotara del subsuelo la generación de energía geotérmica, basándose sólo en la Ley General de Electricidad y su Reglamento.
El 21 de noviembre pasado se presentó a la referida Sala de la CSJ la demanda, para que se declarara inconstitucional de “un modo general y obligatorio”, los artículos cinco y doce de la Ley General de Electricidad y, el cuatro, doce y 51 del Reglamento de la misma.
Las disposiciones establecidas en los citados artículos son “contrarias” al Régimen Especial de Servicio Público instaurado por la Constitución, que claramente establece que las concesiones -como la otorgada a LaGeo- deben pasar por la Asamblea Legislativa y que debe establecerse un término o plazo del otorgamiento.
Luis Fernández, del área jurídica del CDC, aseguró que con esta concesión se viola claramente la Carta Magna, por lo que es necesario modificar la concesión a LaGeo.
“No podemos dejar que la Constitución sea atropellada”, expresó Fernández.
Por el momento, la Sala de lo Constitucional ha solicitado un informe al Congreso para que justifique la constitucionalidad de los artículos cinco y doce de la Ley General de Electricidad; asimismo, solicitó a la Presidencia de la República justificar la constitucionalidad de los artículos cuatro, doce y 51 del Reglamento de la referida Ley.
Cuando se rindan los informes de ambos órganos del Estado, la Fiscalía General de la República tiene que rendir un informe también.
Diario Co Latino intentó obtener la postura de la SIGET, sin embargo, no hubo respuesta, ya que el titular de la entidad estatal tenía una “agenda apretada”.
ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN QUE POSIBLEMENTE SE VIOLAN
103, inciso final. El Estado, como propietario del subsuelo, puede otorgar concesiones para su explotación.
110, inciso cuatro. El estado debe regular y vigilar los servicios públicos que no presta de manera directa.
131, ordinal 30. Relativo a la atribución de la Asamblea Legislativa para autorizar concesiones.
86. Relativo al principio de indelegabilidad de las atribuciones de los órganos del gobierno.




