José Luis Funes, jefe de la Unidad de Comunicaciones del Centro Judicial Isidro Menéndez. Foto Diario Co Latino
Beatriz Castillo
Redacción Diario Co Latino
El Tribunal de Primera Instancia de San Juan Opico, ordenó embargar 141 millones 900 mil dólares, a la sociedad Baterías de El Salvador S.A de C.V., conocida como RECORD, y a los directivos Ronal Antonio Lacayo Argüello, Sandra Cecilia Lacayo de Escapini y José Ofilio Guardián Lacayo, como una medida que busca “garantizar reparar el daño causado y la indemnización a las víctimas”.
El fallo lo emitió el tribunal el pasado 21 de agosto, en una Audiencia Especial, en contra de los directivos y propietarios de Baterías de El Salvador S.A de C.V., luego que esta fuera demandada por la Fiscalía General de la República y las víctimas de contaminación por plomo.
“El embargo consiste en la traba o efectación directa de los bienes del imputado o del responsable civil subsidiario, puede entenderse bienes muebles o inmuebles. En relación con los primeros, puede ser objeto de embargo toda clase de fondos, depósitos bancarios, valores, acciones o cualquier título participativo en entidades mercantiles”, según lo establece la ley.
José Luis Funes, jefe de prensa del Centro Judicial Isidro Méndez, quién leyó la resolución esta mañana, dijo que después de este fallo, los bancos y el Centro Nacional de Registro e hipotecas tendrán que hacerlo efectivo.
La petición del embargo la promovió la Fiscalía General de al República, días después que se conoció que los directivos eran prófugos de la justicia salvadoreña y que habían vendido la empresa, sin embargo en ese momento no se hizo efectiva.
Asimismo, Funes explicó que en la misma audiencia, el tribunal ordenó que la empresa de baterías RECORD tiene que quitar la escoria y cenizas que se encuentran en el interior de la edificación, en el Sitio del Niño, municipio de San Juan Opico, en el Departamento de La Libertad.
Según consta en el expediente judicial, la parte defensora de la sociedad RECORD habrían pedido con anterioridad que fuera el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Ministerio de Salud quienes retiraran la escoria y cenizas, pero las carteras se defendieron diciendo que la empresa fue la responsable directa de la producción de esos objetos dañinos y que le toca quitarla a la sociedad.
Asimismo, el juez concedió permiso, a uno de los tres empleados imputados en el caso, de salir fuera del país.
La parte defensora, mientras tanto, interpuso un Recurso de Amparo, por lo que será la Cámara de la Cuarta Sección, con sede en Santa Tecla, la que decida sobre el escrito interpuesto. Se tiene previsto que el juicio o vista pública en este caso por la contaminación ambiental se celebre en marzo de 2009. Diferentes entidades de gobierno y no gubernamentales han pedido que el proceso judicial sea adelantado.



