Gloria Silvia Orellana
Redacción Diario Co Latino
La directora de la Fundación para el Estudio y Aplicación del Derecho (FESPAD), María Silvia Guillén, descalificó la actitud de la Fiscalía General de la República de citar como «testigos» a varios periodistas que han cubierto el caso Saravia-Ávila.
La jurista opinó que el testimonio de los y las periodistas podría aportar alguna información que se necesite para el caso aunque, consideró que no valía la pena someterlos a este tipo de práctica, ya que trasciende a otras esferas.
»Más que un testimonio con este tipo de actitud, la Fiscalía está generando una intimidación de los y las periodistas… haciéndolos sentir acosados por los funcionarios públicos y traer una consecuencia negativa, retroceso en la labor periodística … el periodista podría decir, -mejor manejo esto a distancia para que no me involucren como testigo», afirmó.
Asimismo, explicó que el artículo 187-a del Código Procesal Penal, existe una disposición concreta, que se llama «derecho de abstención» que cita «tendrán derecho a abstenerse de declarar de los hechos que han llegado a su conocimiento en razón del ejercicio de su profesión u oficio, bajo pena de nulidad los periodistas de profesión..» , cita del artículo del código.
«La Fiscalía General de la República está cometiendo este error, lo que debería hacer es su trabajo de investigación de forma profesional, y no comprometer a los periodistas», opinó.
Ante el llamado de las autoridades judiciales a varios periodistas para declarar en el caso que se sigue en el proceso contra Rodrigo Ávila, por difamación, interpuesta por el empresario Domingo Saravia, procesado por lavado de dinero, se buscó obtener una opinión del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Agustín García Calderón, sin embargo, ante la insistencia de los periodistas para que respondiera a preguntas relacionadas con otros temas, no se logró obtener su posición al respecto.
De acuerdo al código procesal penal, un periodista no está obligado a comparecer a declarar, es decir tiene el “derecho de abstención a declarar”, tal como lo estipula el artículo 187 – A de esta ley.
De hecho esta enmienda, fue una iniciativa del Partido Demócrata Cristiano, PDC, en el 2005.
Oscar López, asesor jurídico de esta fracción asegura que los periodistas no pueden dar fe por que son transmisores de la información que se presentan en los diferentes medios de comunicación.
De igual forma, los periodistas no están en la obligación de revelar la fuente de la noticia.



