Miembros de SITRASALUD realizan una protesta en las afueras del Hospital Zacamil, en apoyo a dos laboratoristas que fueron despedidas por pertenecer al sindicato de salud. Foto: Eduardo Toledo
Daniel Trujillo
Redacción Diario Co Latino
El director del Hospital Nacional Zacamil, doctor René Arévalo, aseguró que la aplicación de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) para despedir a dos trabajadoras del banco de sangre por asistir a un congreso auspiciado por la empresa LABTRONIC S.A. de C.V., está dentro del marco legal.
«La Ley LACAP es aplicable a todo funcionario o empleado público o municipal esté o no esté dentro de las licitaciones… cualquier laboratorio, cualquier empresa es potencial, que pudiera ser proveedor de la institución (hospital) y ellos mismos (LABTRONIC) dicen, aceptan, que son proveedores potenciales», enfatizó Arévalo.
En lo que se ampara el galeno es el artículo 155, que contempla el despido de algún trabajador sin responsabilidad del titular y en este caso se aplica el literal C que dice: “Recibir o solicitar dádivas, comisiones o regalías de los ofertantes o contratistas ordinarios o potenciales de la institución en la que labora”.
El pasado 8 de marzo, Delmy Barrientos y María Teresa Palacios, trabajadoras del banco de sangre del Hospital Zacamil, asistieron a un congreso en la ciudad de Guatemala, patrocinado por la referida empresa laboratorista.
A Barrientos se le dio un permiso personal para asistir, mientras que Palacios fue bajo su propio responsabilidad, ya que tenía incapacidad por parte del Seguro Social.
Ambas trabajadoras, miembras de la junta directiva del Sindicato de Trabajadores de la Salud (SITRASA-LUD), aseguraron que la Ley LACAP no les es aplicable, ya que no recibieron dádivas ni regalías por parte de LABTRONIC S.A. de C.V. y que el laboratorio no es «ofertante potencial» del hospital. Ellas sostienen que el despido se hizo porque son miembras del gremio sindical.
El pasado 12 de junio, la comisión que estudiaba la problemática encontró pruebas «suficientes y consistentes» de Barrientos y Palacios, incluyendo a la jefa del laboratorio, que violaron el artículo 155 de la Ley LACAP por asistir al congreso, financiado por la empresa laboratorista, dijo el director del hospital.
Arévalo sostuvo que a las afectadas no se les ha impedido ingresar al hospital, lo que si se les impidió es el ingreso al banco de sangre. Y que si quieren llevar el caso ante otras instancias, él está abierto a esa posibilidad y respetar el dictamen que se dé.
SITRASALUD fue a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos a exponer la problemática y mantienen asesoría jurídica con la Fundación del Estudio para la Aplicación del Derecho (FESPAD).
El galeno agregó que les ofreció dos opciones a las afectadas. La primera fue el traslado a otro hospital de la capital; o, aplicarle la Ley LACAP. «Ellos decidieron mejor poner sus abogados».
«También se les puso una sanción administrativa por no tener permiso, cosa que es distinta a lo de la Ley LACAP… estas sanciones se hicieron luego de las investigaciones que hiciera la comisión», explicó.
Además, agregó que: «Ella (Barrientos) tenía permiso pero desobedeció la orden de la jefe de no llevarse a la compañera (Palacios), porque ella le consiguió el cupo. Las sanciones a las que son acreedoras son procesos totalmente diferentes; no están juzgadas por la misma causa dos veces, una es disciplinaria y la otra es violación a Ley».
El sindicato asegura que muchos trabajadores no se afilian al sindicato por miedo a represalias que pueda tomar la dirección y que el doctor Arévalo obedece a «políticas partidistas», por ello realizaron una concentración pacífica en las afueras del nosocomio para denunciar la problemática.
0



